La Comisión de Igualdad de Oportunidades en el Empleo (EEOC) de EE. UU. alega en una demanda que Gracious Bakery + Café, con sede en Nueva Orleans, violó la ley federal al despedir a una empleada porque tenía problemas de salud relacionados con su embarazo. Presentado: día 16 de febrero de 2024.
El operador de la panadería violó la ley federal cuando despidió a una empleada que faltó dos turnos para buscar atención médica de emergencia debido a su embarazo, según la Comisión de Igualdad de Oportunidades en el Empleo. Aunque la empleada embarazada estaba lista para regresar al trabajo en dos días y tuvo un desempeño satisfactorio, la empresa la despidió porque, según su gerente, las complicaciones de su embarazo crearon problemas de confiabilidad.
La demanda de la EEOC alega que la empleada pudo realizar las funciones de su trabajo, pero la empresa la despidió ilegalmente debido a sus discapacidades y condiciones percibidas relacionadas con el embarazo.
Tal presunta conducta viola el Título VII de la Ley de Derechos Civiles de 1964, que prohíbe la discriminación basada en el embarazo o afecciones médicas relacionadas, y la Ley de Estadounidenses con Discapacidades (ADA), que prohíbe la discriminación basada en impedimentos relacionados con el embarazo y discriminar a personas calificadas. ) los empleadores los tratan como discapacitados.
La Comisión de Igualdad de Oportunidades en el Empleo presentó una demanda en el Tribunal de Distrito de los Estados Unidos para el Distrito Este de Luisiana (EEOC v. Gracious, LLC d/b/a Gracious Bakery + Café, Acción Civil No. 24-cv-00218).
Fuente: Comisión de Igualdad de Oportunidades en el Empleo
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